Nueva Ley de Protección de Datos ¿Está informada su empresa del Nuevo Reglamento?

Nueva Ley de Protección de Datos ¿Está informada su empresa del Nuevo Reglamento?

¿Cuándo entra en vigor?

El Reglamento General de Protección de Datos entró en vigor el 25 de mayo de 2016 pero no será aplicable de forma obligatoria hasta el próximo 25 de mayo de 2018.

¿Por qué se modifica el Reglamento?

Este reglamento se modifica para regular la privacidad y la protección de datos, debido sobre todo por la continua evolución tecnológica, redes sociales, tiendas online o herramientas para el análisis de datos entre otros. Con el nuevo Reglamento de Protección de Datos aumentará la autoridad de los interesados (clientes, trabajadores, proveedores …) sobre sus datos personales.

¿A Quién afecta y posibles sanciones?

Este Reglamento será aplicable a empresas y profesionales responsables del tratamiento de datos cuyo domicilio social esté tanto dentro como fuera de la Unión Europea, siempre y cuando presten servicios a ciudadanos europeos.

Es recomendable que las empresas comiencen a aplicar el nuevo Reglamento para evitar fuertes sanciones por su incumplimiento, pudiendo llegar a pagarse multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación total del negocio.

¿Cuáles son las principales novedades del Nuevo Reglamento?

El Reglamento General de Protección de Datos incluye nuevos e importantes requerimientos, que tendrán que ser tenidos en cuenta por Empresas y Profesionales. Estos requerimientos deben estar implementados antes de la entrada en vigor la nueva Ley, el próximo 25 de mayo de 2018.

Los aspectos más importantes a destacar son los siguientes:

  1. Procedimiento para el ejercicio de los derechos: Los encargados deben permitir a los interesados el ejercicio de sus derechos. El procedimiento debe ser fácil y gratuito.
  2. Derecho de Acceso: Derecho a recibir una copia de los datos personales objeto del tratamiento.
  3. Derecho de Olvido: Derecho al borrado, cancelación u oposición de los datos personales.
  4. Limitación de Tratamiento: A petición del interesado, no se aplicarán a sus datos personales las actuaciones de tratamiento que en cada caso corresponderían.
  5. Portabilidad: la copia que se suministra al interesado debe entregarse en un formato organizado, de uso frecuente y lectura mecánica.

Toda la información se puede encontrar de forma mucho más detallada en las guías que se encuentran alojadas en la página web de la Agencia Española de Protección de Datos, puede acceder pinchando el siguiente enlace: pinche aquí